Blog · 28 de septiembre de 2026
Obligaciones contables y tributarias de una pequeña empresa en Colombia
Una pequeña empresa acumula obligaciones ante tres entidades distintas: la Cámara de Comercio, la DIAN y el municipio, además de las laborales con sus empleados. Esta lista las ordena para revisarlas una por una.
1. Cámara de Comercio
La matrícula mercantil se renueva cada año, dentro de los tres primeros meses (Código de Comercio, art. 33). Si una sociedad deja de renovarla cinco años, queda disuelta y en estado de liquidación (Ley 1727 de 2014, art. 31).
2. Contabilidad y grupo NIIF
Todo comerciante debe llevar contabilidad regular (Código de Comercio, art. 19). El marco que aplica depende del tamaño: una microempresa —ingresos anuales iguales o inferiores a 23.563 UVT en manufactura, 32.988 UVT en servicios o 44.769 UVT en comercio (Decreto 957 de 2019)— suele quedar en el Grupo 3 de contabilidad simplificada.
3. DIAN: IVA, retención y exógena
Si la empresa es responsable de IVA, lo declara cada cuatro meses, o cada dos si es gran contribuyente o tuvo ingresos de 92.000 UVT o más (Estatuto Tributario, art. 600). Cuando paga a proveedores puede tener que practicar retención en la fuente y consignarla a la DIAN (art. 367).
Además, la DIAN fija cada año por resolución quién debe reportar información exógena (art. 631). No reportarla, reportarla tarde o con errores tiene multa de hasta 7.500 UVT (art. 651).
4. Municipio: ICA
El ICA se declara y se paga en cada municipio donde la empresa realiza su actividad (Ley 14 de 1983, art. 32; Ley 1819 de 2016, art. 343).
5. Nómina
Con cada empleado vienen prestaciones fijadas por el Código Sustantivo del Trabajo: prima de servicios de 30 días de salario por año, pagada en dos contados (art. 306); cesantías de un mes de salario por año (art. 249); y 15 días hábiles de vacaciones remuneradas por año (art. 186).
6. ¿Necesita revisor fiscal?
No toda pyme. Una S.A.S. solo lo necesita cuando la ley lo exige (Ley 1258 de 2008, art. 28), lo que remite a los topes de la Ley 43 de 1990 (art. 13, par. 2): activos brutos de 5.000 salarios mínimos o más, o ingresos brutos de 3.000 salarios mínimos o más, al cierre del año anterior.
7. Régimen Simple
Si los ingresos brutos del año anterior fueron inferiores a 100.000 UVT, la empresa puede evaluar el Régimen Simple de Tributación como alternativa al régimen ordinario de renta.
- Información exógena y renovación de la matrícula mercantil →
- ¿Qué son las NIIF y a qué grupo pertenece mi empresa? →
- Obligaciones al contratar a tu primer empleado →
- ¿Cuándo es obligatoria la revisoría fiscal? →
Fuentes: Código de Comercio, art. 33 (Secretaría del Senado), Ley 1727 de 2014, art. 31 (Secretaría del Senado), Código de Comercio, arts. 10, 19 y 23 (Secretaría del Senado), Decreto 957 de 2019 — tamaño empresarial (Función Pública), Estatuto Tributario, art. 600 (Secretaría del Senado), Estatuto Tributario, arts. 365 y 367 (Secretaría del Senado), Estatuto Tributario, art. 631 (Secretaría del Senado), Estatuto Tributario, art. 651 (Secretaría del Senado), Ley 14 de 1983, art. 32 (Función Pública — Gestor Normativo), Ley 1819 de 2016, arts. 342 y 343 (Secretaría del Senado), Código Sustantivo del Trabajo, arts. 186, 249 y 306 (Secretaría del Senado), Ley 1258 de 2008 — S.A.S. (Secretaría del Senado), Ley 43 de 1990 (Función Pública — Gestor Normativo), DIAN — Régimen Simple de Tributación.