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Preguntas Frecuentes
¿Qué obligaciones laborales tengo al contratar a mi primer empleado?
Contratar formalmente implica más que pagar un sueldo: hay que afiliar al trabajador al sistema de seguridad social (salud, pensión y riesgos laborales) y reconocer las prestaciones sociales que fija el Código Sustantivo del Trabajo:
- Prima de servicios: 30 días de salario por año, pagados en dos contados — la mitad a más tardar el 30 de junio y la otra mitad en los primeros veinte días de diciembre (art. 306).
- Auxilio de cesantías: un mes de salario por cada año de servicios, y proporcionalmente por fracción de año (art. 249).
- Vacaciones: quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas por cada año de servicio (art. 186).
- Aportes y seguridad social: afiliación y pago mensual de los aportes que correspondan según el tipo de contrato y el salario.
Liquidar mal la nómina sale caro: los errores se acumulan hasta la liquidación final. ¿Vas a contratar o ya tienes empleados? Escríbeme y organizamos la nómina.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo, arts. 186, 249 y 306 (Secretaría del Senado).