Simulador de impuesto por venta de inmueble
Escribe el precio de venta, lo que pagaste y hace cuánto lo tienes: calcula la ganancia ocasional, la exención de vivienda habitual y la retención que va al notario antes de firmar.
Lo tuviste hace
¿Es tu casa o apartamento de habitación?
Tu simulación
Pagarías de impuesto de ganancia ocasional
$ 15.000.000
Impuesto de ganancia ocasional: $ 15.000.000.
- Utilidad (precio − costo fiscal)
- $ 100.000.000
- Clasificación
- Ganancia ocasional
- Base gravable (15%)
- $ 100.000.000
- Retención al notario (1%)
- −$ 3.000.000
- Recibes al cierre
- $ 297.000.000
Como tuviste el inmueble 2 años o más, la utilidad es ganancia ocasional (15% fijo, art. 314 E.T.), no renta ordinaria. La retención del 1% es un anticipo: se descuenta del impuesto en tu declaración de renta del año.
Cómo se calcula
Si tuviste el inmueble 2 años o más, la utilidad (precio de venta menos costo fiscal) es una ganancia ocasional, gravada con una tarifa única del 15% (art. 314 E.T.) — no con la tarifa marginal de tu declaración.
Si lo tuviste menos de 2 años, la utilidad es renta líquida ordinaria: se suma a tus demás ingresos y se grava con la tarifa marginal de tu declaración completa (art. 300 E.T.). Por eso el simulador no calcula aquí un impuesto final en ese caso — depende de toda tu declaración, no solo de esta venta.
El costo fiscal aquí es una simplificación (precio de compra más mejoras con factura). El costo fiscal real puede incluir ajustes adicionales; pídele a tu contador el cálculo exacto antes de declarar.
La retención al notario
Antes de que el notario autorice la escritura, se paga una retención en la fuente del 1% del precio de venta (art. 398 E.T.) — no de la utilidad. No es un costo adicional: es un anticipo que se descuenta del impuesto final en tu declaración de renta del año.
Si el comprador es una empresa (agente retenedor) comprando un inmueble que no es vivienda de habitación, puede aplicar en su lugar un régimen distinto con tarifas propias (1% hasta 10.000 UVT y 2,5% el exceso para vivienda; 2,5% para otro uso) — no lo calculamos aquí para no mezclar los dos regímenes; consulta a tu contador si es tu caso.
La exención de vivienda habitual
Si es tu casa o apartamento de habitación, las primeras 5.000 UVT de la utilidad ($ 261.870.000 con la UVT de este año) están exentas, siempre que deposites lo recibido en una cuenta AFC o lo abones a un crédito hipotecario nuevo o de esa misma vivienda (art. 311-1 E.T.).